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Reglas • Anfitrión del alojamiento

Florencia

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Puedes leer este artículo en italiano o en inglés.

Este artículo proporciona información específica sobre las leyes locales que se aplican a las personas que hospedan en sus alojamientos en Florencia. Al igual que en nuestro artículo sobre Italia, es tu responsabilidad verificar y cumplir las obligaciones que se te aplican como anfitrión. Este artículo puede servir como punto de partida o como un lugar al que puedes regresar si tienes preguntas, pero no es exhaustivo y no constituye asesoramiento legal o fiscal. Es una buena idea comprobar que las leyes y los procedimientos están actualizados.

Algunas de las leyes que podrían afectarle son complicadas. Si tienes alguna pregunta, comunícate con el Gobierno de la ciudad de Florence o consulta a otra autoridad local, como un abogado o un asesor fiscal.

La legislación nacional de Italia contiene normas que se aplican a nivel regional y municipal, como el Código de Turismo y el Decreto Legislativo n.° 79 del 23 de mayo de 2011.

Normativa regional

La Ley Regional n.º 86 del 20 de diciembre de 2016 y el Reglamento Regional n.º 47/R del 7 de agosto de 2018 pueden aplicarse a los alojamientos que califiquen como bed and breakfasts, habitaciones en alquiler, casas vacacionales y departamentos, según lo define la ley.

Consulta el centro de ayuda de Florencia para obtener una descripción general de las actividades productivas, incluidos los alojamientos y la Oficina de Alojamientos del Municipio de Florencia para obtener más información sobre las reglas generales para los alojamientos.

La página de turismo de Florencia incluye información general sobre las normas que se aplican a los alojamientos turísticos.

Consulta el sitio de Toscana para conocer las reglas regionales generales.

Impuesto turístico

A partir del 1 de enero de 2018, Airbnb recauda directamente el impuesto turístico para cada turista que reserva en la plataforma. Consulta más información sobre la recaudación de impuestos turísticos en Italia aquí.

Otras obligaciones

Florencia exige que los anfitriones proporcionen datos personales sobre los huéspedes a la autoridad de seguridad pública. En concreto, el artículo 109 del Real Decreto n.º 773, de 18 de junio de 1931, se aplica a cualquier persona que ofrezca alojamiento al público con fines de lucro o que alquile sus propiedades por períodos cortos de menos de 30 días. El Ministerio del Interior actualizó el decreto el 26 de junio de 2016 para decir que existen las obligaciones de notificación en el art. 109 del Texto Consolidado de Leyes de Seguridad Pública.

Encontrarás instrucciones y formularios que pueden ayudarte a cumplir tus obligaciones en el sitio web de la Jefatura de Policía de Florencia y en el portal de alojamientos.

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