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Reglas • Anfitrión del alojamiento

Navarra

Este artículo está disponible en español e inglés.

Este artículo ofrece un resumen general de las leyes y normativas regionales que pueden afectar a los anfitriones en Navarra. Además de estas leyes, los municipios pueden haber aprobado normativas o restricciones urbanísticas que afecten a tu actividad. Debes asegurarte de respetar la legislación y las normativas que se apliquen a tus circunstancias específicas y a tu zona.

La información contenida en este artículo se proporciona únicamente a título informativo general y no pretende ser asesoramiento legal, fiscal o profesional de ningún tipo, ni debe interpretarse como tal. Aunque nos esforzamos por garantizar que el contenido sea preciso y esté actualizado, este artículo no es exhaustivo y es posible que no refleje las novedades, los cambios en la normativa o las interpretaciones más recientes. Te recomendamos que te informes por tu cuenta y que verifiques cualquier dato en fuentes oficiales o acreditadas antes de tomar decisiones basadas en el contenido que figura en este artículo. No garantizamos la veracidad, la exhaustividad ni la actualidad de la información, y declinamos expresamente cualquier responsabilidad derivada de su uso. Te recomendamos que consultes a un asesor profesional especializado en cuestiones legales, fiscales o de otro tipo para informarte sobre tus circunstancias específicas antes de tomar o abstenerte de tomar cualquier medida basándote en esta información.

Normativa autonómica

El Gobierno de Navarra cuenta con normativas específicas para las viviendas de uso turístico. La Ley de Turismo de Navarra define como «viviendas turísticas» los chalés, casas independientes, adosados u otros inmuebles análogos, comercializados o publicitados en canales de oferta turística, cuyo uso y disfrute es cedido de modo temporal a terceras personas para su alojamiento turístico mediante precio, amuebladas y equipadas en condiciones de uso inmediato.

Según el Decreto autonómico que regula esta cuestión, las viviendas turísticas en Navarra deben cederse en su totalidad como alojamientos enteros, tener una superficie mínima de 90 m² y disponer de acceso independiente y segregación vertical.

Requisitos de registro autonómicos

En Navarra, debes inscribir cualquier vivienda que tengas previsto ofrecer como alojamiento turístico en el Registro de Turismo de Navarra. Como parte del proceso, primero deberás presentar una declaración responsable ante el Consejo de Turismo en la que confirmes que cumples las normativas vigentes y cualquier otro requisito previsto a escala autonómica y local.

Para ello, tendrás que rellenar un formulario en línea al que puedes acceder a través de este enlace. Ten en cuenta que deberás proporcionar un medio de identificación válido, como un certificado digital o Cl@ve, y facilitar los siguientes datos y documentos:

  • Información sobre el propietario (número de identificación personal, número de teléfono y dirección de correo electrónico).
  • El nombre y la dirección del alojamiento.
  • Capacidad máxima de alojamiento (puedes consultar esta información en la cédula de habitabilidad).
  • Superficie (en m²) de cada habitación de la vivienda.
  • Planos finales de obra o, en su defecto, planos a escala 1:100 en los que se indique la superficie de cada habitación.
  • Fotografías en formato JPG, de acuerdo con el siguiente documento.

Para obtener más información, puedes consultar las instrucciones para cumplimentar la declaración responsable que mencionamos más arriba, proporcionada por la Consejería de Turismo.

Además, recuerda que debes tener a mano los siguientes documentos en caso de que las autoridades competentes lleven a cabo una inspección:

  • Una copia de la declaración responsable presentada ante las autoridades pertinentes.
  • Un justificante de propiedad o disponibilidad del inmueble.
  • La cédula de habitabilidad.
  • La póliza del seguro de responsabilidad civil.
  • La autorización expresa de la comunidad de propietarios para ejercer una actividad turística. Esto solo se aplica a los registros que tengan lugar después de la entrada en vigor de la LO 1/2025 (abril de 2025) y no de forma retroactiva.

Una vez que completes el proceso, se asignará un número de registro a tu alojamiento (por ejemplo, UVT00000).

Requisitos de registro nacionales

Para ser anfitrión en España, puede que también tengas la obligación de obtener un número de registro nacional en el Registro de la Propiedad e incluirlo en tu anuncio en Airbnb.

En este artículo encontrarás más información sobre tus obligaciones respecto al registro nacional y otros detalles relevantes.

Requisitos para anunciar tu alojamiento

El Gobierno de Navarra exige que muestres tu número de registro en cualquier anuncio que publiques de tu alojamiento turístico, incluido cuando lo hagas en Airbnb. En la sección Detalles del anuncio, encontrarás un campo en el que puedes indicar tu número de registro.

Además, en Navarra es obligatorio colocar una placa oficial expedida por las autoridades turísticas en un lugar visible junto a la entrada principal del alojamiento.

Información adicional

Para obtener más información sobre cómo te afectan las normativas de Navarra sobre las viviendas turísticas o acerca de las repercusiones que tienen en tu propiedad, puedes ponerte en contacto con el Departamento de Cultura, Deporte y Turismo.

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