Maui, HI
Antes de tomar la decisión de convertirte en anfitrión en Airbnb, es importante que conozcas la legislación aplicable en tu condado. Como plataforma de mercado, no ofrecemos asesoría jurídica, pero podemos compartir contigo algunos enlaces que podrían ayudarte a entender mejor las leyes y normativas del condado de Maui. Esta no es una lista completa, pero es un buen punto de partida para comprender la legislación local.Seguiremos actualizando esta información a medida que haya más disponibilidad. Si tienes alguna duda, puedes ponerte en contacto con el Departamento del Impuesto sobre alojamientos temporales del condado llamando al 808-270-7637 o escribiendo a mauitat@mauicounty.gov.
Registro para alquileres de corta duración
Maui permite que los alquileres de corta duración (menos de 180 noches consecutivas) soliciten a los anfitriones que obtengan una llave fiscal y un número de licencia fiscal para alojamientos temporales. Para obtener más información, lee la página de alquileres para estancias cortas de Maui, la página clave del mapa fiscal y la página de anuncios de impuestos sobre alojamientos temporales.
Cómo registrarse
Para cumplir con esta orden, la normativa de Maui exige que añadas tu número de clave del mapa fiscal y tu número de licencia fiscal para alojamientos temporales a cada uno de tus anuncios.
Para registrar cada anuncio, tendrás que hacer lo siguiente:
- Haz clic en Usar como anfitrión.
- Haz clic en el anuncio que quieras actualizar.
- Haz clic en Políticas y normas > Legislación y normativas.
- Haz clic en Editar normativas.
- Haz clic en Empezar para registrar tu anuncio.
- Sigue los pasos que debes seguir para solicitar tu número de licencia fiscal para alojamientos temporales.
- Una vez recibido ese número, repite los pasos del 1 al 5 y añade tu número de licencia fiscal para alojamientos temporales y los números clave del mapa fiscal para completar tu registro.
- Repite estos pasos para cada uno de los anuncios que cumplan los requisitos.
Los anuncios de alquileres de corta duración que no dispongan de esta información no podrán hospedar hasta que se completen los pasos.
Estás exento de completar estos pasos si tu configuración de calendario está configurada para permitir estancias de 180 noches o más consecutivas, o si eres anfitrión de un hotel, motel o BnB.
Estamos comprometidos a trabajar con las autoridades locales para ayudarles a comprender los beneficios de nuestra comunidad. Siempre que sea necesario, seguiremos abogando por cambios que permitan a las personas poder alquilar sus propias viviendas.
Última actualización: 7 de enero de 2022
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