Aparte de la normativa autonómica en materia de turismo, los anfitriones deben cumplir con la normativa urbanística que se aplica a las viviendas de uso turístico (VUT) de Adeje, la cual puede establecer prohibiciones o restricciones. A continuación, se proporciona un resumen informativo sobre la posibilidad de comercializar viviendas de uso turístico en Adeje y sobre los requisitos y condiciones urbanísticas que deben tenerse en cuenta.
Recuerda que es tu responsabilidad comprobar y cumplir con todas las obligaciones y normativas que te correspondan como anfitrión. Este artículo puede servirte como ayuda para familiarizarte con tus obligaciones o como referencia para aclarar algunas dudas, pero no es exhaustivo y no puede considerarse asesoramiento jurídico o fiscal, de modo que te recomendamos que investigues por tu cuenta sobre estas cuestiones. Además, como no actualizamos este contenido en tiempo real, la normativa que hemos tenido en cuenta para elaborarlo puede haber sufrido modificaciones y, en consecuencia, tendrás que consultar todas las fuentes y asegurarte de que la información no haya cambiado recientemente. Si tienes cualquier pregunta o duda, te recomendamos que acudas a un abogado o asesor legal. Airbnb no se hace responsable de la exactitud o certeza de este contenido.
No, no es posible obtener nuevas licencias en Adeje, porque el planeamiento urbanístico actualmente no prevé la compatibilidad del «uso turístico» con el «uso residencial», requisito exigido por la Ley 6/2025, de 10 de diciembre.
Como mínimo, las viviendas de uso turístico deberán disponer de:
Además, las viviendas deberán estar amuebladas y dotadas de todo lo necesario para su uso inmediato (electrodomésticos, ropa de cama y toallas, botiquín de primeros auxilios, productos de limpieza…), y deberán cumplir con la normativa de accesibilidad.
Sin perjuicio de que actualmente no es posible obtener nuevos permisos, los anfitriones de las VUTs que ya están habilitadas para ejercer la actividad pueden optar por presentar una declaración responsable de uso turístico consolidado. Esta declaración responsable deberá presentarse antes del 13 de diciembre de 2030, y permitirá continuar ejerciendo la actividad de forma indefinida.
Sin embargo, ten en cuenta que una vez presentada dicha declaración responsable, no podrás utilizar el inmueble como tu vivienda habitual, porque solo estará permitido el uso turístico.
Además, esta declaración responsable impide realizar todo tipo de obras de gran magnitud o estructurales, que incluyan demoliciones parciales, remodelaciones o aquellas operaciones que vayan dirigidas a alargar la vida útil del inmueble. Si decides llevar a cabo estas obras, no podrás continuar ejerciendo la actividad turística en tu VUT.
Los anfitriones que no presenten dicha declaración responsable antes del 13 de diciembre de 2030 no podrán seguir ejerciendo la actividad.
La declaración responsable deberá incluir:
Además, se deberá acreditar o declarar lo siguiente: