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Castilla y León

Este artículo está disponible en español e inglés.

Este artículo ofrece un resumen general de las leyes y normativas autonómicas que pueden afectar a los anfitriones en Castilla y León. Además de estas leyes, los municipios pueden haber aprobado normativas o restricciones urbanísticas que afecten a tu actividad. Debes asegurarte de respetar la legislación y las normativas que se apliquen a tus circunstancias específicas y a tu zona. 

La información de este artículo se proporciona únicamente con fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal, fiscal o profesional de ningún tipo ni debe interpretarse como tal. Aunque nos esforzamos por garantizar que el contenido sea preciso y esté actualizado, este artículo no es exhaustivo y es posible que no refleje las novedades, los cambios en la normativa o las interpretaciones más recientes. Te recomendamos que te informes por tu cuenta y que verifiques cualquier dato en fuentes oficiales o acreditadas antes de tomar decisiones basadas en el contenido que figura en este artículo. No garantizamos la veracidad, la exhaustividad ni la actualidad de la información, y declinamos expresamente cualquier responsabilidad derivada de su uso. Te recomendamos que consultes a un asesor profesional especializado en cuestiones legales, fiscales o de otro tipo para informarte sobre tus circunstancias específicas antes de tomar o abstenerte de tomar cualquier medida basándote en esta información.

Normativa autonómica

La Junta de Castilla y León cuenta con normativas relativas a los alojamientos turísticos. Según el Decreto autonómico que regula esta cuestión, se consideran «viviendas de uso turístico» los pisos, casas, bungalows, chalets u otros inmuebles análogos, amueblados y equipados en condiciones de uso inmediato, que son comercializados o promocionados en canales de oferta turística para ser cedidos temporalmente y en su totalidad a terceros, de forma habitual, con fines de alojamiento turístico y a cambio de contraprestación económica.

Las viviendas de uso turístico en Castilla y León deben ofrecerse en su totalidad (como un alojamiento entero).

Todos los alojamientos turísticos que se alquilen por menos de dos (2) meses con fines turísticos y al mismo viajero deben cumplir las obligaciones y los requisitos previstos en la normativa mencionada anteriormente. De lo contrario, se incluirán en una categoría diferente, por ejemplo, «alquiler de temporada».

Requisitos de registro autonómicos

En Castilla y León, debes inscribir cualquier vivienda que tengas previsto ofrecer como alojamiento turístico en el Registro de Turismo de Castilla y León. Como parte del proceso, primero deberás presentar una declaración responsable ante la Dirección General de Turismo en la que confirmes que cumples las normativas vigentes y cualquier otro requisito previsto a escala autonómica y local.

Para ello, tendrás que rellenar este formulario en línea. Ten en cuenta que deberás proporcionar un medio de identificación válido, como un certificado digital o Cl@ve, y facilitar los siguientes datos:

  • Información sobre el propietario (número de identificación personal, número de teléfono y dirección de correo electrónico).
  • El nombre y la dirección del alojamiento.
  • La modalidad del alojamiento, ya sea por habitaciones o como vivienda entera.
  • La capacidad máxima de alojamiento (puedes consultar esta información en la cédula de habitabilidad).

Además, recuerda que debes tener a mano los siguientes documentos en caso de que las autoridades competentes lleven a cabo una inspección:

  • Una copia de la declaración responsable presentada ante las autoridades pertinentes.
  • Un justificante de propiedad o posesión del inmueble.
  • La autorización expresa de la comunidad de propietarios para ejercer una actividad turística. Esto solo se aplica a los registros que tengan lugar después de la entrada en vigor de la LO 1/2025 (abril de 2025) y no de forma retroactiva.

Una vez que completes el proceso, se asignará un número de registro a tu alojamiento turístico (por ejemplo: VT.XX-XXXXXX).

Requisitos de registro nacionales

Para ser anfitrión en España, puede que también tengas la obligación de obtener un número de registro nacional en el Registro de la Propiedad e incluirlo en el anuncio de tu alojamiento en Airbnb.

En este artículo encontrarás más información sobre tus obligaciones respecto al registro nacional y otros detalles relevantes.

Requisitos para anunciar tu alojamiento

Las autoridades de Castilla y León exigen que muestres tu número de registro, así como las condiciones relativas a la política de reservas, en cualquier tipo de anuncio de tus alojamientos turísticos, incluidos los que publiques en Airbnb. En la sección Detalles del anuncio, hay un campo en el que puedes indicar tu número de registro.

Además, en Castilla y León es obligatorio colocar una placa oficial expedida por las autoridades turísticas en un lugar visible junto a la entrada principal del alojamiento.

Información adicional

Si tienes más preguntas acerca de cómo te afectan las normativas de Castilla y León sobre los alojamientos de uso turístico o acerca de las repercusiones que tienen en tu propiedad, puedes ponerte en contacto con la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

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